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¿Que es la discriminación en Servicios al Público?

 

La Ordenanza de Derechos Humanos de la Ciudad de Boulder prohíbe la discriminación en el Área de Servicios al Público.

Es ilegal negar a alguien debido a su pertenencia a una clase protegida que disfrute completamente y de la misma manera de los bienes, servicios, comodidades, privilegios, o ventajas de un negocio que ofrece servicios al público.

Esta ley aplica a cualquier lugar que  ofrece servicios al  público dentro de la  Ciudad de Boulder.  Un lugar que ofrece servicios al público se defina como:

cualquier lugar de negocio que ofrece cualquier venta al público y cualquier lugar que ofrece servicios, comodidades, privilegios o ventajas al público, o que recibe apoyo financiero por medio de solicitación del público o cualquier subvención del gobierno.

Algunos ejemplos de un lugar que ofrece servicios al público incluyen:

●  Tiendas
●  Restaurantes
●  Clubs
●  Cines

Necesita presentar una queja de discriminación en el Área de Servicios al Público dentro de 60 días después de la violación alegada.